Artículo 579. Lugares y plazos para la presentación de las declaraciones tributarias
Texto del artículo
«<Fuente original compilada: D. 2503/87 Art.16La presentación de las declaraciones tributarias deberá efectuarse en los lugares y dentro de los plazos que para tal efecto señale el Gobierno Nacional. Así mismo el gobierno podrá efectuar la recepción de las declaraciones tributarias a través de bancos y demás entidades financieras.»
Fuentes oficiales
Reglamentación en el DUR 1625 de 2016
Concordancia Reglamentaria Oficial (DUR 1625 de 2016)
Las siguientes disposiciones del Decreto Único Reglamentario en Materia Tributaria desarrollan y reglamentan este artículo:
- Artículo 1.2.1.5.1.10 — Calificación en el Régimen Especial del Impuesto sobre la Renta y Complementario de los Contribuyentes Que la Soliciten
- Artículo 1.2.1.5.1.16 — Plazos para el Suministro de la Información, Registro Web y Memoria Económica
- Artículo 1.2.4.2.82 — Declaraciones de Retención en la Fuente
- Artículo 1.2.7.1.4 — Plazo para Efectuar el Pago Mensual Provisional de Carácter Voluntario
- Artículo 1.3.1.12.14
- Artículo 1.6.1.5.6 — Declaración del Impuesto sobre la Renta y Complementario de las Personas Naturales sin Residencia en Colombia y de las Sociedades y Entidades Extranjeras
- Artículo 1.6.1.13.1.3 — Plazos para el Pago de las
- Artículo 1.6.1.13.2.1 — Presentación de las Declaraciones Tributarias
- Artículo 1.6.1.13.2.3 — Corrección de las Declaraciones
- Artículo 1.6.1.13.2.5 — Formularios y Contenido de las Declaraciones
- Artículo 1.6.1.13.2.6 — Contribuyentes Obligados a Presentar Declaración del Impuesto sobre la Renta y Complementarios
- Artículo 1.6.1.13.2.7 — Contribuyentes No Obligados a Presentar Declaración del Impuesto sobre la Renta y Complementario
- Artículo 1.6.1.13.2.9 — Entidades No Contribuyentes del Impuesto sobre la Renta y Complementario con Obligación de Presentar Declaración de Ingresos y Patrimonio
- Artículo 1.6.1.13.2.10 — Entidades No Contribuyentes del Impuesto sobre la Renta y Complementario Que No Deben Presentar Declaración de Renta Ni de Ingresos y Patrimonio
- Artículo 1.6.1.13.2.11 — Grandes Contribuyentes
- Artículo 1.6.1.13.2.12 — Personas Jurídicas y Demás Contribuyentes
- Artículo 1.6.1.13.2.14
- Artículo 1.6.1.13.2.15 — Declaración de Renta y Complementarios de las Personas Naturales y las
- Artículo 1.6.1.13.2.16 — Plazo Especial para Presentar la Declaración de Instituciones Financieras Intervenidas
- Artículo 1.6.1.13.2.18 — Declaración por Fracción de Año
- Artículo 1.6.1.13.2.22 — Plazos
- Artículo 1.6.1.13.2.23
- Artículo 1.6.1.13.2.24 — Plazo para Consignar los Recursos en la Fiducia, para los Contribuyentes a Quienes Se Les Apruebe la Vinculación del Impuesto a
- Artículo 1.6.1.13.2.26 — Plazo para Presentar la Declaración Anual de Activos en el Exterior
- Artículo 1.6.1.13.2.27 — Contribuyentes Obligados a Presentar Declaración Informativa
- Artículo 1.6.1.13.2.28 — Plazos para Presentar la Declaración Informativa de Precios de Transferencia
- Artículo 1.6.1.13.2.29 — Plazos para Presentar la Documentación Comprobatoria
- Artículo 1.6.1.13.2.32 — Declaración y Pago Bimestral del Impuesto Nacional Al Consumo
- Artículo 1.6.1.13.2.33 — Declaración Simplificada del Impuesto 2224
- Artículo 1.6.1.13.2.50
- Artículo 1.6.1.13.2.51
- Artículo 1.6.1.13.2.55 — Plazos para Declarar y Pagar el 2122
- Artículo 1.6.5.3.3.1
- Artículo 1.6.6.2.3
- Artículo 2.2.4.2.5.6
- Artículo 2.2.13.3.1
- Artículo 2.17.2.2.1.2
Jurisprudencia relevante
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