Artículo 1.2.1.5.1.16. Plazos para el Suministro de la Información, Registro Web y Memoria Económica

Texto del artículo

«<Artículo sustituido por el artículo 2 del Decreto 2150 de 2017. El nuevo texto es el siguiente:> Las entidades calificadas en el Régimen Especial deberán actualizar anualmente la información contenida en el Registro Web y presentar la memoria económica de que trata el artículo 1.2.1.5.1.15. de este decreto dentro de los plazos que para el efecto establezca el Gobierno nacional. PARÁGRAFO TRANSITORIO. Las entidades a las que se refieren los 91 parágrafos transitorios 1 y 2 del artículo 19 del Estatuto Tributario, actualizarán la información contenida en el Registro Web a partir del año 2019, sin perjuicio del procedimiento para la permanencia establecido en los 1.2.1.5.1.11. y 1.2.1.5.1.12. de este decreto. <Legislación Anterior> Texto original del Decreto 1625 de 2016: <Consultar texto vigente del Capítulo 5 hasta su modificación por el Decreto 2150 de 2017 en este vínculo>»

Concordancias con el Estatuto Tributario

Conceptos jurídicos clave

Fuentes oficiales