Artículo 1.6.1.13.2.6. Contribuyentes Obligados a Presentar Declaración del Impuesto sobre la Renta y Complementarios
Texto del artículo
«<Artículo sustituido por el artículo 1 del Decreto 2229 de 2023. El nuevo texto es el siguiente:> Están obligados a presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementario, todos los contribuyentes sometidos a dicho impuesto, con excepción de los que se enumeran en el artículo siguiente. PARÁGRAFO. Son contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementario las cajas de compensación respecto a los ingresos generados en actividades industriales, comerciales y en actividades financieras distintas a la inversión de su patrimonio, diferentes a las relacionadas con las actividades meritorias previstas en el artículo 359 del Estatuto Tributario <Legislación Anterior> Texto sustituido por el Decreto 2487 de 2022:»
Concordancias con el Estatuto Tributario
- Artículo 260-5 — Documentación comprobatoria
- Artículo 260-9 — Obligación de presentar declaración informativa
- Artículo 298-8 — Ón
- Artículo 359 — Objeto social
- Artículo 378 — Por concepto de salarios
- Artículo 381 — Certificados por otros conceptos
- Artículo 512-1 — Impuesto nacional al consumo
- Artículo 512-6 — Contenido de la declaración del impuesto nacional al consumo
- Artículo 513-12 — Periodo gravable
- Artículo 513-13 — Declaración y pago
- Artículo 555-2 — Registro único tributario - RUT
- Artículo 579 — Lugares y plazos para la presentación de las declaraciones tributarias
- Artículo 579-2 — Presentación electrónica de declaraciones
- Artículo 580 — Declaraciones que se tienen por no presentadas
- Artículo 588 — Correcciones que aumentan el impuesto o disminuyen el saldo a favor
- Artículo 591 — Quienes deben presentar declaración de renta y complementarios
- Artículo 592 — Quienes no estan obligados a declarar
- Artículo 595 — Periodo fiscal cuando hay liquidación en el año
- Artículo 596 — Contenido de la declaración de renta
- Artículo 599 — Contenido de la declaración de ingresos y patrimonio
- Artículo 600 — Periodo gravable del impuesto sobre las ventas
- Artículo 602 — Contenido de la declaración bimestral
- Artículo 603 — Obligación de declarar y pagar el impuesto sobre las ventas retenido
- Artículo 605 — Quienes deben presentar declaración
- Artículo 606 — Contenido de la declaración de retención
- Artículo 800 — Lugar de pago
- Artículo 803 — Fecha en que se entiende pagado el impuesto
- Artículo 811 — Facultad para fijarlos
- Artículo 876 — Agentes de retención del GMF
- Artículo 877 — Declaración y pago del GMF
Conceptos jurídicos clave
Fuentes oficiales
Versiones Anteriores y Modificaciones Históricas
Historial Normativo
Disposiciones y redacciones precedentes compiladas para este artículo:
ARTÍCULO 1.6.1.13.2.6. <Cambio en el año gravable "2022">
Texto sustituido por el Decreto 1778 de 2021:ARTÍCULO 1.6.1.13.2.6. <Cambio en el año gravable "2021">
Texto sustituido por el Decreto 1680 de 2020:ARTÍCULO 1.6.1.13.2.6. <Cambio en el año gravable "2020">
Texto modificado por el Decreto 2345 de 2019:ARTÍCULO 1.6.1.13.2.6. <Cambio en el año gravable "2019">
Texto modificado por el Decreto 2242 de 2018:ARTÍCULO 1.6.1.13.2.6. <Cambio en el año gravable "2018">
Texto modificado por el Decreto 1951 de 2017:ARTÍCULO 1.6.1.13.2.6. <Cambio en el año gravable "2017">
Texto modificado por el Decreto 2105 de 2016:ARTÍCULO 1.6.1.13.2.6. Están obligados a presentar declaración del impuesto
sobre la renta y complementario por el año gravable 2016, todos los contribuyentes
sometidos a dicho impuesto, con excepción de los que se enumeran en el artículo
siguiente.
PARÁGRAFO. Son contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementario las
Cajas de Compensación Familiar y los fondos de empleados, con respecto a los
ingresos generados en actividades industriales, comerciales y en actividades
financieras distintas a la inversión de su patrimonio, diferentes a las relacionadas
con salud, educación, recreación y desarrollo social".
(Plazos 2016: Decreto 2243 de 2015; Plazos 2015: Decreto 2623 de 2014; plazos
2014: Decreto 2972 de 2013 y Decreto 685 de 2014; plazos 2013: Decreto 2634 de
2012 y Decreto 0187 de 2013; plazos 2012: Decreto 4907 de 2011; plazos 2011:
Decreto 4836 de 2010 y Decreto 1358 de 2011).
Texto original del Decreto 1625 de 2016:ARTÍCULO 1.6.1.13.2.6. Están obligados a presentar la declaración impuesto sobre
la renta y complementario por el año gravable 2015, todos los contribuyentes
sometidos a dicho impuesto, con excepción de los que se enumeran en el artículo
siguiente.
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PARÁGRAFO. Son contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementario,
las Cajas de Compensación Familiar y los fondos de empleados, con respecto a los
ingresos generados en actividades industriales, comerciales y en actividades
financieras distintas a inversión de su patrimonio, diferentes a las relacionadas con
salud, educación, recreación y desarrollo social.
(Artículo 6o, Decreto 2243 de 2015) (Plazos 2015: Decreto 2623 de 2014; plazos
2014: Decreto 2972 de 2013 y Decreto 685 de 2014; plazos 2013: Decreto 2634 de
2012 y Decreto 0187 de 2013; plazos 2012: Decreto 4907 de 2011; plazos 2011:
Decreto 4836 de 2010 y Decreto 1358 de 2011)