Artículo 368-2. Personas naturales que son agentes de retención
Texto del artículo
«<Ajuste de las cifras en valores absolutos en términos de UVT por el artículo51de la Ley 1111 de 2006 (A partir del año gravable 2007). Artículo modificado por el artículo26de la Ley 788 de 2002. El nuevo texto es el siguiente:> Las personas naturales que tengan la calidad de comerciantes y que en el año inmediatamente anterior tuvieren un patrimonio bruto o unos ingresos brutos superiores a 30.000 UVT también deberán practicar retención en la fuente sobre los pagos o abonos en cuenta que efectúen por los conceptos a los cuales se refieren los artículos392,395y401, a las tarifas y según las disposiciones vigentes sobre cada uno de ellos.»
Concordancias normativas
- Artículo 392 del Estatuto Tributario
- Artículo 395 del Estatuto Tributario
- Artículo 401 del Estatuto Tributario
Conceptos jurídicos clave
Normas relacionadas y modificaciones
- Ley 1111 de 2006, art. 51
- Ley 788 de 2002, art. 26
- Artículos 392, 395, 401
Fuentes oficiales
Reglamentación en el DUR 1625 de 2016
Concordancia Reglamentaria Oficial (DUR 1625 de 2016)
Las siguientes disposiciones del Decreto Único Reglamentario en Materia Tributaria desarrollan y reglamentan este artículo:
- Artículo 1.2.4.1.4 — Porcentaje Fijo
- Artículo 1.2.4.9 — Determinación de Ingresos Brutos para
- Artículo 1.2.4.9.1 — Retención en la Fuente por Otros
- Artículo 1.6.1.13.2.33 — Declaración Simplificada del Impuesto 2224
Jurisprudencia relevante
- Consejo de Estado — Sección Cuarta — Exp. 18638 de 2014: Nulidad parcial — AGENTES DE RETENCION - Obligados / AGENTES DE RETENCION - Obligaciones / PERSONAS NATURALES - Son agentes de retención cuando sean comercian…
- Consejo de Estado — Sentencia de Unificación — Exp. 27894: Nulidad parcial — | | | | --- | --- | | Referencia: | Nulidad | | Radicación: | 11001-03-27-000-2023-00025-00 (27894) | | Demandante | Asociación de Comercial…
- Consejo de Estado — Sección Cuarta — Exp. 30558 de 2026: Nulidad parcial — | | | | --- | --- | | Referencia: | Nulidad y restablecimiento del derecho | | Radicación: | 25000-23-37-000-2024-00038-01 (30558) | | Deman…