¿Cómo responder un requerimiento especial de la DIAN?
Ficha de la Guía
Norma aplicable principal: Artículo 733 del Estatuto Tributario
Plazo legal: 3 meses de calendario desde la notificación.
Objetivo: Formular objeciones técnicas, aportar soportes probatorios y evitar la imposición de una Liquidación Oficial de Revisión gravosa.
¿Qué es y cuándo aplica?
El Requerimiento Especial es el acto administrativo mediante el cual la DIAN propone formalmente modificar su declaración tributaria (aumentar ingresos, rechazar costos/deducciones o imponer sanción por inexactitud). Conforme al Artículo 733 del Estatuto Tributario, usted cuenta con tres (3) meses para ejercer su defensa.
Procedimiento paso a paso
graph TD A["1. Verificar fecha de notificación legal"] --> B["2. Analizar glosas y pruebas de la DIAN"] B --> C["3. Recaudar pruebas documentales y contables"] C --> D["4. Redactar escrito de respuesta motivado"] D --> E["5. Radicar antes del vencimiento del plazo"]
Paso 1: Verificación estricta de términos
- Revise la fecha exacta en la que se surtió la notificación (física o electrónica).
- Verifique si la DIAN notificó dentro del término de firmeza de tres (3) años fijado por el Artículo 714. Si notificó extemporáneamente, invoque la firmeza y nulidad según el Artículo 730.
Paso 2: Análisis punto por punto de las glosas
No formule una respuesta genérica. Separe cada glosa:
- Glosa por costos o deducciones: Acredite relación de causalidad, necesidad y proporcionalidad (Art. 107 E.T.).
- Glosa por ingresos omitidos: Demuestre la procedencia contable y bancaria de los movimientos.
- Sanción por inexactitud: Si existió una diferencia de criterio razonable, solicite la exoneración de sanción.
Paso 3: Carga de la prueba y soportes
Adjunte:
- Certificados de contador o revisor fiscal debidamente matriculados.
- Facturas electrónicas de compra, extractos bancarios y contratos soporte.
- Solicitud expresa de inspección tributaria si se requiere validar libros de comercio.
Paso 4: Consideración de allanamiento (Reducción de sanción)
Si reconoce que parte de las glosas de la DIAN son procedentes, puede corregir la declaración y acogerse a la sanción por inexactitud reducida a la cuarta parte (Art. 709 E.T.).
Paso 5: Radicación oficial
Radique el escrito con todos sus anexos foliados a través de los canales oficiales de la DIAN (plataforma digital o ventanilla de radicación) antes de las 23:59 del último día del plazo.
Errores frecuentes que debe evitar
Errores críticos:
- Radicación extemporánea: Si responde después del plazo de 3 meses, su escrito se tendrá por no presentado.
- Falta de poder: Si radica a través de abogado, adjunte poder debidamente otorgado con facultad expresa para responder requerimientos tributarios.
- No solicitar pruebas: La oportunidad probatoria precluye con la respuesta; no guarde pruebas para etapas posteriores.
Normas concordantes
- Artículo 733 del Estatuto Tributario — Término de respuesta.
- Artículo 714 del Estatuto Tributario — Término de firmeza.
- Artículo 730 del Estatuto Tributario — Causales de nulidad.