¿Cómo responder un requerimiento especial de la DIAN?

Ficha de la Guía

Norma aplicable principal: Artículo 733 del Estatuto Tributario
Plazo legal: 3 meses de calendario desde la notificación.
Objetivo: Formular objeciones técnicas, aportar soportes probatorios y evitar la imposición de una Liquidación Oficial de Revisión gravosa.

¿Qué es y cuándo aplica?

El Requerimiento Especial es el acto administrativo mediante el cual la DIAN propone formalmente modificar su declaración tributaria (aumentar ingresos, rechazar costos/deducciones o imponer sanción por inexactitud). Conforme al Artículo 733 del Estatuto Tributario, usted cuenta con tres (3) meses para ejercer su defensa.


Procedimiento paso a paso

graph TD
    A["1. Verificar fecha de notificación legal"] --> B["2. Analizar glosas y pruebas de la DIAN"]
    B --> C["3. Recaudar pruebas documentales y contables"]
    C --> D["4. Redactar escrito de respuesta motivado"]
    D --> E["5. Radicar antes del vencimiento del plazo"]

Paso 1: Verificación estricta de términos

  1. Revise la fecha exacta en la que se surtió la notificación (física o electrónica).
  2. Verifique si la DIAN notificó dentro del término de firmeza de tres (3) años fijado por el Artículo 714. Si notificó extemporáneamente, invoque la firmeza y nulidad según el Artículo 730.

Paso 2: Análisis punto por punto de las glosas

No formule una respuesta genérica. Separe cada glosa:

  • Glosa por costos o deducciones: Acredite relación de causalidad, necesidad y proporcionalidad (Art. 107 E.T.).
  • Glosa por ingresos omitidos: Demuestre la procedencia contable y bancaria de los movimientos.
  • Sanción por inexactitud: Si existió una diferencia de criterio razonable, solicite la exoneración de sanción.

Paso 3: Carga de la prueba y soportes

Adjunte:

  • Certificados de contador o revisor fiscal debidamente matriculados.
  • Facturas electrónicas de compra, extractos bancarios y contratos soporte.
  • Solicitud expresa de inspección tributaria si se requiere validar libros de comercio.

Paso 4: Consideración de allanamiento (Reducción de sanción)

Si reconoce que parte de las glosas de la DIAN son procedentes, puede corregir la declaración y acogerse a la sanción por inexactitud reducida a la cuarta parte (Art. 709 E.T.).

Paso 5: Radicación oficial

Radique el escrito con todos sus anexos foliados a través de los canales oficiales de la DIAN (plataforma digital o ventanilla de radicación) antes de las 23:59 del último día del plazo.


Errores frecuentes que debe evitar

Errores críticos:

  1. Radicación extemporánea: Si responde después del plazo de 3 meses, su escrito se tendrá por no presentado.
  2. Falta de poder: Si radica a través de abogado, adjunte poder debidamente otorgado con facultad expresa para responder requerimientos tributarios.
  3. No solicitar pruebas: La oportunidad probatoria precluye con la respuesta; no guarde pruebas para etapas posteriores.

Normas concordantes