Sentencia C-153 de 2003 — Corte Constitucional
Ficha Jurisprudencial
Corporación: Corte Constitucional (Sala Plena)
Magistrado Ponente: JAIME CÓRDOBA TRIVIÑO
Expediente / Radicado: D- /D-
Fecha: 2003-02-25
Decisión: Inexequible
Demandante / Actor: Jairo Casanova Muñoz
Demandado: La Nación / Congreso de la República
Problema jurídico
¿Se ajusta a la Constitución Política la norma demandada en el expediente D-?
Puntos clave
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La Sala Plena de la Corte Constitucional, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las previstas en el artículo (constitucion_politica_1991.htm#241 “constitucion_politica_1991.htm#241”), numeral 4, de la Constitución Política, y cumplidos todos los trámites y requisitos contemplados en el Decreto 2067 de 1991, ha proferido la siguiente
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en relación con la demanda de inconstitucionalidad que, en uso de su derecho político, presentó el ciudadano Jairo Casanova Muñoz contra el artículo 121, parcial, del Decreto 624 de 1989.
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A continuación se transcribe el texto de la disposición objeto de proceso, subrayando la parte demandada:
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los artículos 90, numeral 5°, de la Ley 75 de 1986 y 41 de la Ley 43 de 1986, y oída la Comisión Asesora de la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado,
Decisión (Fallo)
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- En primer lugar, la Corte se ocupa de la solicitud de la apoderada de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, petición de acuerdo con la cual esta Corporación debe proferir una sentencia inhibitoria por no contener la demanda el concepto de la violación.
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- Según el actor, la deducción total sobre la renta bruta que la norma demandada les permite realizar a los contribuyentes que han realizado pagos a comisionistas en el exterior por la compra o venta de mercancías, materias primas u otra clase de bienes pero no a los contribuyentes que han realizado pagos a comisionistas en el exterior por la compra o venta de servicios, genera la discriminación injustificada de estos últimos y distorsiona la libre competencia económica al beneficiar a un sector de la economía en perjuicio de otro. Por esos motivos, estima, debe declararse inexequible.
Normas y artículos relacionados
Conceptos y Descriptores Clave
- Impuesto sobre la Renta
- Impuesto sobre las Ventas
- Renta líquida gravable
- Retención en la Fuente
- Sujeto pasivo
Extracto de Relatoría Oficial
Tesis de Relatoría
La Sala Plena de la Corte Constitucional, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las previstas en el artículo (constitucion_politica_1991.htm#241 “constitucion_politica_1991.htm#241”), numeral 4, de la Constitución Política, y cumplidos todos los trámites y requisitos contemplados en el Decreto 2067 de 1991, ha proferido la siguiente
Fuente y trazabilidad
- Archivo de origen:
C-153_2003.md - Fuente oficial: Consulta institucional