Consejo de Estado — Sección Cuarta — Exp. 21845 de 2020

Ficha Jurisprudencial

Corporación: Consejo de Estado (Sección Cuarta)
Magistrado Ponente: JULIO ROBERTO PIZA RODRÍGUEZ
Expediente / Radicado: 21845 / 50001-23-31-000-2011-00213-01
Fecha: 2020-02-19
Decisión: Confirma sentencia de instancia
Demandante / Actor: | Clínica Martha S.A. |
Demandado: | U.A.E. DIAN |

Fuente oficial

Problema jurídico

Determinar la legalidad de los actos acusados frente a las pretensiones: 416.990.000 (f. 57)…

Texto completo de la providencia

CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN CUARTA
CONSEJERO PONENTE: JULIO ROBERTO PIZA RODRÍGUEZ
Bogotá, D.C., diecinueve (19) de febrero de dos mil veinte (2020)
Referencia:** NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO**
Radicación:** 50001-23-31-000-2011-00213-01 (21845)**
Demandante:** Clínica Martha S.A.**
Demandado:** U.A.E. DIAN**
Temas:** Recurso de reconsideración. Trámite para decidir. Comité Técnico. Parágrafo del artículo 560 del ET. Debido proceso en la revisión del expediente administrativo por el Comité Técnico de la DIAN.**
  1. Confirmar la sentencia apelada. 2. ** Reconocer personería al abogado Mauricio Andrés Del Valle Chacón, como apoderado de la demandada, de conformidad con el poder conferido (f. 305).Cópiese, notifíquese, comuníquese. Devuélvase al tribunal de origen. Cúmplase.**

La anterior providencia se estudió y aprobó en la sesión de la fecha.

**JORGE OCTAVIO RAMÍREZ RAMÍREZ ** Presidente de la Sala** STELLA JEANNETTE CARVAJAL BASTO**
**MILTON CHAVES GARCÍA **** JULIO ROBERTO PIZA RODRÍGUEZ**

Puntos clave

  1. | | | | --- | --- | | Referencia: | NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO | | Radicación: | 50001-23-31-000-2011-00213-01 (21845) | | Demandante: | Clínica Martha S.A. | | Demandado: | U.A.E. DIAN | | | | | Temas: | Recurso de reconsideración. Trámite para decidir. Comité Técnico. Parágrafo del artículo 560 del ET. Debido proceso en la revisión del expediente administrativo por el Comité Técnico de la DIAN. |

  2. La demandante presentó la declaración del impuesto sobre la renta correspondiente al año gravable 2006, en la que liquidó un saldo a favor por valor de $1.416.990.000 (f. 57).

  3. Siguiendo el procedimiento de revisión correspondiente, la Administración tributaria expidió la Liquidación Oficial de Revisión nro. 222412009000009, del 27 de noviembre de 2009, en la que modificó la referida declaración, en el sentido de (i) adicionar ingresos brutos operacionales; (ii) disminuir costos de venta, para el sistema de inventario permanente; (iii) desconocer gastos operacionales de administración; y (iv) rechazar otras deducciones. Con fundamento en lo anterior, (v) impuso a título de sanción por inexactitud una multa de 6.319.274.000 (ff. 73 a 91).

  4. En ejercicio de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho, prevista en el artículo 85 del Código Contencioso Administrativo (CCA, Decreto 01 de 1984), la demandante formuló las siguientes pretensiones (ff. 1 a 2):

Decisión (Fallo)

    1. Que se declare la nulidad total de la Liquidación Oficial de Revisión No. 222412009000009 del 27 de noviembre de 2009, proferida por la Subdirección de Gestión de Recursos Jurídicos de la Dirección de Gestión Jurídica de la Administración de Impuestos Nacionales de Villavicencio, mediante la cual se modificó el impuesto de renta correspondiente a la vigencia fiscal 2006 de la sociedad Clínica Martha S. A. (Anexo D).
    1. Que como consecuencia de la declaratoria anterior y a título de restablecimiento del derecho se declare la firmeza de la presentación de la declaración de renta y complementario del año gravable 2006, con adhesivo No. 0001106500481906 del día 29 de mayo de 2007.
  • 1- Violación al debido proceso en el trámite de revisión del Comité Técnico de que trata el artículo 560 del ET
  • 2- Indebida adición de ingresos por servicios prestados a los afiliados al sistema de seguridad social en salud

Normas y artículos relacionados

Conceptos y Descriptores Clave

Extracto de Relatoría Oficial

Tesis de Relatoría

| | | | --- | --- | | Referencia: | NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO | | Radicación: | 50001-23-31-000-2011-00213-01 (21845) | | Demandante: | Clínica Martha S.A. | | Demandado: | U.A.E. DIAN | | | | | Temas: | Recurso de reconsideración. Trámite para decidir. Comité Técnico. Parágrafo del artículo 560 del ET. Debido proceso en la revisión del expediente administrativo por el Comité Técnico de la DIAN. |

Fuente y trazabilidad