Artículo 90-2. Saneamiento de bienes raices

Texto del artículo

«<Artículo adicionado por el artículo80de la Ley 223 de 1995. El nuevo texto es el siguiente:> Para los efectos previstos en el artículo anterior, en las declaraciones de renta y complementarios del año gravable de 1995, los contribuyentes podrán ajustar al valor comercial los bienes raíces poseídos a 31 de diciembre de dicho año.»

Concordancias normativas

Conceptos jurídicos clave

Normas relacionadas y modificaciones

  • Ley 223 de 1995

Fuentes oficiales