Artículo 868-1. Valores absolutos reexpresados en unidades de valor tributario, UVT

Texto del artículo

«<Artículo adicionado por el artículo51de la Ley 1111 de 2006. El nuevo texto es el siguiente:> Los valores absolutos contenidos tanto en las normas relativas a los impuestos sobre la renta y complementarios, IVA, timbre nacional, patrimonio, gravamen a los movimientos financieros, procedimiento y sanciones, convertidos a Unidades de Valor Tributario, UVT, son los siguientes:»

Conceptos jurídicos clave

Normas relacionadas y modificaciones

  • Ley 1111 de 2006

Fuentes oficiales


Reglamentación en el DUR 1625 de 2016

Concordancia Reglamentaria Oficial (DUR 1625 de 2016)

Las siguientes disposiciones del Decreto Único Reglamentario en Materia Tributaria desarrollan y reglamentan este artículo:

Jurisprudencia relevante