Artículo 390. Retención sobre dividendos y participaciones

Texto del artículo

«<Artículo modificado por el artículo125de la Ley 223 de 1995. El nuevo texto es el siguiente:> La tarifa aplicable a los dividendos y participaciones contemplados en el artículo49, será la que determine el Gobierno Nacional. En ningún caso la tarifa podrá sobrepasar el treinta y cinco por ciento (35%.).»

Concordancias normativas

Conceptos jurídicos clave

Normas relacionadas y modificaciones

  • Ley 223 de 1995, art. 125
  • Estatuto Tributario, art. 49

Fuentes oficiales