Artículo 319-6. Efectos en las fusiones y escisiones reorganizativas entre entidades
Texto del artículo
«<Artículo adicionado por el artículo98de la Ley 1607 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:> Las Fusiones y Escisiones Reorganizativas tendrán los efectos que a continúación se señalan:»
Conceptos jurídicos clave
Normas relacionadas y modificaciones
- Ley 1607 de 2012, art. 98
Fuentes oficiales
Reglamentación en el DUR 1625 de 2016
Concordancia Reglamentaria Oficial (DUR 1625 de 2016)
Las siguientes disposiciones del Decreto Único Reglamentario en Materia Tributaria desarrollan y reglamentan este artículo:
- Artículo 1.2.1.13.1 — Enajenación de Acciones de Sociedades Listadas en Una Bolsa de Valores Colombiana Resultado de Una Fusión o Escisión Adquisitiva o Reorganizativa
- Artículo 1.2.1.13.2 — Fracciones de Acción Resultantes de los
- Artículo 1.2.1.18.76
- Artículo 1.3.3.9 — Aplicación de los Artículos 319, 319-4 y 319-6 en el Impuesto Nacional Al Consumo de Bienes Inmuebles
Jurisprudencia relevante
- Consejo de Estado — Sección Cuarta — Exp. 21606 de 2020: Niega pretensiones — FUSIÓN DE SOCIEDADES - Efectos tributarios durante la vigencia del artículo 14-1 del Estatuto Tributario. En ningún caso resultaba gravada c…