Artículo 217. Renta exenta para fondos ganaderos organizados como sociedades anónimas abiertas
Texto del artículo
«<Fuente original compilada: L. 9/83 Art. 33 Par.> <Porcentaje de renta exenta modificado por el artículo5de la Ley 863 de 2003, ver Nota de Vigencia. El texto original del Artículo es el siguiente:> Los Fondos Ganaderos estarán exentos del impuestos sobre la renta, siempre y cuando reúnan la calidad de sociedades anónimas abiertas y destinen el equivalente del impuesto sobre la renta a una cuenta especial cuya destinación exclusiva será la de atender las actividades de extensión agropecuaria.»
Concordancias normativas
Conceptos jurídicos clave
Normas relacionadas y modificaciones
- Ley 863 de 2003