Artículo 1.3.1.6.5. Impuestos Descontables en Juegos de
Texto del artículo
«El impuesto generado por concepto de juegos de suerte y azar se afectará con impuestos descontables teniendo en cuenta las limitaciones previstas en los artículos 485, 488 y 490 del Estatuto Tributario.»
Concordancias con el Estatuto Tributario
- Artículo 485 — Impuestos descontables
- Artículo 488 — Solo son descontables los impuestos originados en operaciones que constituyan costo o gasto
- Artículo 490 — Los impuestos descontables en las operaciones gravadas, excluidas y exentas se imputaran proporcionalmente
Conceptos jurídicos clave
Normas de origen y compilación
- Artículo 4o, Decreto 427 de 2004