Artículo 1.3.1.10.3. Cuadernos de Tipo Escolar Exentos del

Texto del artículo

«Conforme con lo previsto en el literal f) del artículo 481 del Estatuto Tributario, se consideran como bienes exentos del impuesto sobre las ventas con derecho a devolución bimestral los cuadernos de tipo escolar clasificados en la sub partida arancelaria 48.20.20.00.00.»

Concordancias con el Estatuto Tributario

Conceptos jurídicos clave

Normas de origen y compilación

  • Artículo 18, Decreto 1794 de 2013

Fuentes oficiales