Artículo 1.2.4.35. Entrada en Vigencia de los Artículos
Texto del artículo
«2.4.20 AL 1.2.4.23, 1.2.4.25 AL 1.2.4.33 Y 1.2.4.36. Aplácese la entrada en vigencia de los artículos 1.2.4.20 al 1.2.4.23, 1.2.4.25 al 1.2.4.33 y 1.2.4.36, modificados por el Decreto 1101 de 2013, hasta el día primero (1o) de junio del año 2017.»
Concordancias con el Estatuto Tributario
Normas de origen y compilación
- Artículo 7o, Decreto 1020 de 2014
Fuentes oficiales
Notas del Editor y Compilación
Antecedentes de Compilación
- 867 - Decaimiento de este artículo por la derogatoria del artículo 376-1 del Estatuto Tributario, por este artículo reglamentado, por el artículo 376 de la Ley 1819 de 2016, “por medio de la cual se adopta una reforma tributaria estructural, se fortalecen los mecanismos para la lucha contra la evasión y la elusión fiscal, y se dictan otras disposiciones”, publicada en el Diario Oficial No. 50.101 de 29 de diciembre de 2016.