Artículo 1.2.1.5.1.30. Solicitud de Ampliación de Términos para la Ejecución de las Asignaciones Permanentes
Texto del artículo
«<Artículo sustituido por el artículo 2 del Decreto 2150 de 2017. El nuevo texto es el siguiente:> Conforme con lo previsto en el parágrafo del artículo 360 del Estatuto Tributario, cuando la ejecución de los proyectos con asignaciones permanentes requiera de plazos superiores a cinco (5) años, la entidad deberá presentar la solicitud a la dependencia que el Director de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) señale mediante resolución, atendiendo el procedimiento que señalan los artículos 1.2.1.5.1.31., 1.2.1.5.1.32. y 1.2.1.5.1.33. de este decreto. La Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) en desarrollo de sus amplias facultades de fiscalización, podrá solicitar información adicional y las explicaciones que considere necesarias, con el fin de resolver la solicitud de ampliación de términos para la ejecución de la asignación permanente. <Legislación Anterior> Texto original del Decreto 1625 de 2016: <Consultar texto vigente del Capítulo 5 hasta su modificación por el Decreto 2150 de 2017 en este vínculo>»