Artículo 1.2.1.18.66. Limitante del Artículo 118-1 del Estatuto

Texto del artículo

«La limitante prevista en el artículo 118-1 no aplicará en el año de constitución de las personas jurídicas por no existir patrimonio líquido del año inmediatamente anterior al de su constitución, sin perjuicio de la aplicación de las normas legales y antecedentes jurisprudenciales relativos al abuso en materia tributaria.»

Concordancias con el Estatuto Tributario

Conceptos jurídicos clave

Normas de origen y compilación

  • Artículo 7o, Decreto 3027 de 2013

Fuentes oficiales