Sentencia C-004 de 1965 — Corte Constitucional

Ficha Jurisprudencial

Corporación: Corte Constitucional (Sala Plena)
Magistrado Ponente:
Expediente / Radicado: D-11697 / D-11697
Fecha: 2017-04-26
Decisión: Cosa juzgada constitucional
Demandante / Actor: Gustavo Alberto Pardo Ardila
Demandado: La Nación / Congreso de la República

Problema jurídico

¿Se ajusta a la Constitución Política la norma demandada en el expediente D-11697?

Ratio Decidendi (Tesis de la Corporación)

  1. NORMAS EN MATERIA TRIBUTARIA-Procedimiento aplicable a la determinación oficial de las contribuciones parafiscales de la protección social y a la imposición de sanciones por la UGPP

  2. De acuerdo con la jurisprudencia constitucional, la derogatoria puede ser expresa o tácita. (i) Es expresa cuando una norma explícitamente y de manera formal y específica establece que deroga otra u otras normas anteriores. Por el contario, (ii) la derogatoria es tácita en aquellos supuestos en los cuales (ii.i) la norma expedida resulta incompatible con una anterior o (ii.ii) el legislador regula de manera integral u orgánica la materia a la cual se refiere una norma anterior, de modo que, aunque no existe contradicción entre ella y el nuevo régimen, su contenido queda enteramente subsumido en las reglas que este instaura. En la derogatoria expresa no es necesario identificar específicas interpretaciones bajo las cuales la nueva disposición entra en contradicción con la anterior, pues textualmente la disposición derogatoria señala el artículo, inciso o fragmento de disposición anteriores sobre los cuales recae el efecto derogatorio. En cambio, en la derogatoria tácita se requiere que el intérprete lleve a cabo un razonamiento y establezca bajo cuál entendimiento o en qué sentido la nueva disposición o la nueva regulación integral de la materia resultan inconciliables o suponen un régimen que comprende la norma anterior e, incluso, si se produce una derogación total o parcial del texto normativo precedente.

  3. CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD DE NORMAS NO VIGENTES QUE PRODUCEN EFECTOS JURIDICOS-Jurisprudencia constitucional/CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD DE NORMA DEROGADA-Producción de efectos jurídicos�

  4. La Sala Plena de la Corte Constitucional, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y en cumplimiento de los requisitos y trámites establecidos en el Decreto Ley 2067 de 1991, ha proferido la presente Sentencia.

Decisión (Fallo)

    1. Luego de citar algunos pronunciamientos de esta Corporación, el actor sostiene que la expresión demandada es contraria al derecho de defensa y al debido proceso de los aportantes al sistema de seguridad social, pues establece un término desproporcionado e irrazonablemente reducido para la presentación del recurso de reconsideración contra los actos de la UGPP. Considera que, si bien el legislador tiene un amplio margen de configuración normativa en la materia, debe respetar el debido proceso y los principios de razonabilidad y proporcionalidad. A su juicio, en este caso el legislador inobservó tales mandatos, en tanto disminuyó el referido plazo de manera evidente e “improvisada” y sin una explicación ni justificación clara.
    1. Por otra parte, el demandante considera que el segmento censurado también menoscaba el artículo 2º C. P., que consagra como uno de los fines esenciales del Estado el aseguramiento de un orden justo, mediante la garantía de los derechos al debido proceso y a la defensa. Advierte que la eficacia de estos derechos y del fin constitucional mencionado, depende de contar con herramientas que se muestran materialmente aptas para esos fines. En el caso analizado, afirma, la sensible reducción del plazo para cuestionar los actos de la UGPP, en contra de un régimen históricamente consolidado, que incluso fue retomado por el mismo legislador, permite concluir que se privó a los ciudadanos de tales herramientas.
  • 4.1. Ministerio de Trabajo
    1. El Jefe de la Oficina Jurídica del Ministerio de Trabajo, intervino para cuestionar la aptitud sustantiva de la demanda y, subsidia

Normas y artículos relacionados

Conceptos y Descriptores Clave

Extracto de Relatoría Oficial

Tesis de Relatoría

NORMAS EN MATERIA TRIBUTARIA-Procedimiento aplicable a la determinación oficial de las contribuciones parafiscales de la protección social y a la imposición de sanciones por la UGPP

Fuente y trazabilidad