Artículo 872. Tarifa del gravamen a los movimientos financieros
Texto del artículo
«<Artículo modificado por el artículo214de la Ley 1819 de 2016. El nuevo texto es el siguiente:> La tarifa del gravamen a los movimientos financieros será del cuatro por mil (4 x 1.000).»
Concordancias normativas
Conceptos jurídicos clave
Normas relacionadas y modificaciones
- Ley 1819 de 2016, art. 214