Artículo 829-1. Efectos de la revocatoria directa

Texto del artículo

«<Artículo adicionado por el artículo105de la Ley 6 de 1992. El nuevo texto es el siguiente:> En el procedimiento administrativo de cobro, no podrán debatirse cuestiones que debieron ser objeto de discusión en la vía gubernativa.»

Conceptos jurídicos clave

Fuentes oficiales