Artículo 825-1. Competencia para investigaciones tributarias

Texto del artículo

«<Artículo adicionado por el artículo100de la Ley 6 de 1992. El nuevo texto es el siguiente:> Dentro del procedimiento administrativo de cobro los funcionarios de cobranzas, para efectos de la investigación de bienes, tendrán las mismas facultades de investigación que los funcionarios de fiscalización.»

Concordancias normativas

Conceptos jurídicos clave

Normas relacionadas y modificaciones

  • Ley 6 de 1992, art. 100

Fuentes oficiales