Artículo 825-1. Competencia para investigaciones tributarias
Texto del artículo
«<Artículo adicionado por el artículo100de la Ley 6 de 1992. El nuevo texto es el siguiente:> Dentro del procedimiento administrativo de cobro los funcionarios de cobranzas, para efectos de la investigación de bienes, tendrán las mismas facultades de investigación que los funcionarios de fiscalización.»
Concordancias normativas
Conceptos jurídicos clave
Normas relacionadas y modificaciones
- Ley 6 de 1992, art. 100