Artículo 825. Competencia territorial
Texto del artículo
«El procedimiento coactivo se adelantará por la oficina de Cobranzas de la Administración del lugar en donde se hayan originado las respectivas obligaciones tributarias o por la de aquélla en donde se encuentre domiciliado el deudor. Cuando se estén adelantando varios procedimientos administrativos coactivos respecto de un mismo deudor, éstos podrán acumularse.»
Fuentes oficiales
Jurisprudencia relevante
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- Consejo de Estado — Sección Cuarta — Exp. 25078 de 2021: Nulidad parcial — | | | | --- | --- | | Referencia: | NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO | | Radicación: | 25000-23-37-000-2017-01103-01 (25078) | | Deman…
- Consejo de Estado — Sección Cuarta — Exp. 26269 de 2023: Nulidad parcial — Bogotá, D.C., treinta (30) de marzo de dos mil veintitrés (2023) Referencia:NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO…