Artículo 731. Termino para alegarlas
Texto del artículo
«<Fuente original compilada: L. 52/77 Art.56> Dentro del término señalado para interponer el recurso, deberán alegarse las nulidades del acto impugnado, en el escrito de interposición del recurso o mediante adición del mismo.»
Fuentes oficiales
Jurisprudencia relevante
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