Artículo 725. Constancia de presentación del recurso
Texto del artículo
«El funcionario que reciba el memorial del recurso, dejará constancia escrita en su original de la fecha de presentación y devolverá al interesado uno de los ejemplares con la referida constancia.»
Conceptos jurídicos clave
Fuentes oficiales
Jurisprudencia relevante
- Consejo de Estado — Sección Cuarta — Exp. 29339 de 2026: Nulidad parcial — | | | | --- | --- | | Referencia | Nulidad y restablecimiento del derecho | | Radicación | 17001-23-33-000-2023-00111-02 (29339) | | Demanda…