Artículo 711. Correspondencia entre la declaracion, el requerimiento y la liquidación de revisión

Texto del artículo

«<Fuente original compilada: L. 52/77 Art.46> La liquidación de revisión deberá contraerse exclusivamente a la declaración del contribuyente y a los hechos que hubieren sido contemplados en el requerimiento especial o en su ampliación si la hubiere.»

Conceptos jurídicos clave

Normas relacionadas y modificaciones

  • Ley 52 de 1977, art. 46

Fuentes oficiales