Artículo 684-1. Otras normas de procedimiento aplicables en las investigaciones tributarias

Texto del artículo

«<Artículo modificado por el artículo49de la Ley 6 de 1992. El nuevo texto es el siguiente:> En las investigaciones y prácticas de pruebas dentro de los procesos de determinación, aplicación de sanciones, discusión, cobro, devoluciones y compensaciones, se podrán utilizar los instrumentos consagrados por las normas del Código de Procedimiento Penal y del Código Nacional de Policía, en lo que no sean contrarias a las disposiciones de este Estatuto.»

Normas relacionadas y modificaciones

  • Código de Procedimiento Penal
  • Código Nacional de Policía
  • Ley 6 de 1992, art. 49

Fuentes oficiales