Artículo 570. Constancia de los recursos
Texto del artículo
«En el acto de notificación de las providencias se dejará constancia de los recursos que proceden contra el correspondiente acto administrativas.»
Concordancias normativas
Conceptos jurídicos clave
Fuentes oficiales
Jurisprudencia relevante
- Consejo de Estado — Sección Cuarta — Exp. 15993 de 2009: Nulidad parcial — El régimen de estabilidad tributaria fue creado por el artículo 169 de la Ley 223 de 1995 que adicionó el Estatuto Tributario con el artícul…