Artículo 564. Dirección procesal

Texto del artículo

«<Artículo modificado por el artículo46del Decreto Ley 2106 de 2019. El nuevo texto es el siguiente:> Las decisiones o actos administrativos proferidos dentro de un proceso de determinación y discusión del tributo, pueden ser notificados de manera física o electrónica a la dirección procesal que el contribuyente responsable, agente retenedor o declarante señalen expresamente.»

Conceptos jurídicos clave

Normas relacionadas y modificaciones

  • Decreto Ley 2106 de 2019

Fuentes oficiales