Artículo 545. Multa para quien impida y obstaculice el control del impuesto de timbre

Texto del artículo

«<Ajuste de las cifras en valores absolutos en términos de UVT por el artículo51de la Ley 1111 de 2006 (A partir del año gravable 2007). El texto con el nuevo término es el siguiente:> El que por cualquier medio impida u obstaculice la vigilancia fiscal de los funcionarios de Hacienda, en el recaudo del impuesto de que trata la Ley, incurrirá en multas sucesivas de 7 UVT a 360 UVT, que impondrán mediante providencia motivada el Director General de Impuestos Nacionales<1>o sus delegados, los Administradores o sus delegados.»

Conceptos jurídicos clave

Normas relacionadas y modificaciones

  • Ley 1111 de 2006

Fuentes oficiales