Artículo 513-4. Tarifa del impuesto a las bebidas ultraprocesadas azucaradas

Texto del artículo

«<Artículo adicionado por el artículo54de la Ley 2277 de 2022. El nuevo texto es el siguiente:> La tarifa del impuesto a las bebidas ultraprocesadas azucaradas se expresa en pesos por cien mililitros (100 ml) de bebida, y el valor unitario está en función del contenido de azúcar en gramos (g) por cada cien mililitros (100 ml) de bebida, así:»

Concordancias normativas

Conceptos jurídicos clave

Normas relacionadas y modificaciones

  • Ley 2277 de 2022

Fuentes oficiales