Artículo 512-3. 3
Texto del artículo
«<Ver en Notas de Vigencia, modificación transitoria año 2026> <Artículo modificado por el artículo202de la Ley 1819 de 2016. El nuevo texto es el siguiente:> de acuerdo con la nomenclatura arancelaria andina vigente los bienes gravados a la tarifa del ocho por ciento (8%) son:»
Conceptos jurídicos clave
Normas relacionadas y modificaciones
- Ley 1819 de 2016