Artículo 512-3. 3

Texto del artículo

«<Ver en Notas de Vigencia, modificación transitoria año 2026> <Artículo modificado por el artículo202de la Ley 1819 de 2016. El nuevo texto es el siguiente:> de acuerdo con la nomenclatura arancelaria andina vigente los bienes gravados a la tarifa del ocho por ciento (8%) son:»

Conceptos jurídicos clave

Normas relacionadas y modificaciones

  • Ley 1819 de 2016

Fuentes oficiales