Artículo 510. Cuenta impuesto sobre las ventas retenido

Texto del artículo

«<Artículo modificado por el artículo26de la Ley 223 de 1995. El nuevo texto es el siguiente:> Los agentes de retención del impuesto sobre las ventas, deberán llevar una cuenta denominada “impuesto a las ventas retenido” en donde se registre la causación y pago de los valores retenidos.»

Concordancias normativas

Conceptos jurídicos clave

Normas relacionadas y modificaciones

  • Ley 223 de 1995

Fuentes oficiales