Artículo 482. Las personas exentas por ley de otros impuestos no lo estan del impuesto sobre las ventas

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«<Fuente original compilada: D.1988/74 Art.9o.> Las personas declaradas por ley exentas de pagar impuestos nacionales, departamentales o municipales, no están exentas del impuesto sobre las ventas.»

Conceptos jurídicos clave

Fuentes oficiales