Artículo 477. Bienes que se encuentran exentos del impuesto

Texto del artículo

«<Artículo modificado por el artículo188de la Ley 1819 de 2016. El nuevo texto es el siguiente:> Están exentos del impuesto sobre las ventas, con derecho a compensación y devolución, los siguientes bienes:»

Concordancias normativas

Conceptos jurídicos clave

Normas relacionadas y modificaciones

  • Ley 1819 de 2016, art. 188

Fuentes oficiales