Artículo 476-1. Seguros tomados en el exterior

Texto del artículo

«<Artículo modificado por el artículo53de la Ley 1607 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:> Los seguros tomados en el exterior, para amparar riesgos de transporte, barcos, aeronaves y vehículos matriculados en Colombia, así como bienes situados en territorio nacional y los seguros que en virtud de la Ley1328de 2009 sean adquiridos en el exterior, estarán gravados con el impuesto sobre las ventas a la tarifa general, cuando no se encuentren gravados con este impuesto en el país de origen.»

Concordancias normativas

Conceptos jurídicos clave

Normas relacionadas y modificaciones

  • Ley 1607 de 2012, art. 53
  • Ley 1328 de 2009

Fuentes oficiales