Artículo 459. Base gravable en las importaciones

Texto del artículo

«<Artículo modificado por el artículo126de la Ley 633 de 2000. El nuevo texto es el siguiente:> La base gravable, sobre la cual se liquida el impuesto sobre las ventas en el caso de las mercancías importadas, será la misma que se tiene en cuenta para liquidar los derechos de aduana, adicionados con el valor de este gravamen.»

Conceptos jurídicos clave

Normas relacionadas y modificaciones

  • Ley 633 de 2000

Fuentes oficiales