Artículo 442. Responsabilidad en el servicio de transporte gravado

Texto del artículo

«En el caso del servicio a que se refiere elnumeral 6 del artículo476,es responsable la empresa marítima o aérea que emita el tiquete o expida la orden de cambio.»

Concordancias normativas

Conceptos jurídicos clave

Normas relacionadas y modificaciones

  • Artículo 476 del Estatuto Tributario

Fuentes oficiales