Artículo 442. Responsabilidad en el servicio de transporte gravado
Texto del artículo
«En el caso del servicio a que se refiere elnumeral 6 del artículo476,es responsable la empresa marítima o aérea que emita el tiquete o expida la orden de cambio.»
Concordancias normativas
Conceptos jurídicos clave
Normas relacionadas y modificaciones
- Artículo 476 del Estatuto Tributario