Artículo 423. Exclusion del impuesto en el territorio intendencial de san andres y providencia
Texto del artículo
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En la Intendencia Especial de San Andrés y Providencia no se cobrará impuesto nacional a las ventas.»
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En la Intendencia Especial de San Andrés y Providencia no se cobrará impuesto nacional a las ventas.»