Artículo 401-1. Retención en la fuente en la colocación independiente de juegos de suerte y azar
Texto del artículo
«<Artículo adicionado por el artículo94de la Ley 488 de 1998. El nuevo texto es el siguiente:> Los ingresos recibidos por los colocadores independientes estarán sometidos a retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta a la tarifa del tres por ciento (3%).»
Conceptos jurídicos clave
Normas relacionadas y modificaciones
- Ley 488 de 1998