Artículo 401-1. Retención en la fuente en la colocación independiente de juegos de suerte y azar

Texto del artículo

«<Artículo adicionado por el artículo94de la Ley 488 de 1998. El nuevo texto es el siguiente:> Los ingresos recibidos por los colocadores independientes estarán sometidos a retención en la fuente a título del impuesto sobre la renta a la tarifa del tres por ciento (3%).»

Conceptos jurídicos clave

Normas relacionadas y modificaciones

  • Ley 488 de 1998

Fuentes oficiales