Artículo 368. Quienes son agentes de retención
Texto del artículo
«<Fuente original compilada: L. 52/77 Art. 4o. y L. 75/86 Art. 19> <Aparte entre corchetes incluido por el artículo115de la Ley 488 de 1998. El nuevo texto es el siguiente:> Son agentes de retención o de percepción, las entidades de derecho público, los fondos de inversión, los fondos de valores, los fondos de pensiones de jubilación e invalidez, los consorcios, las comunidades organizadas, {las uniones temporales} y las demás personas naturales o jurídicas, sucesiones ilíquidas y sociedades de hecho, que por sus funciones intervengan en actos u operaciones en los cuales deben, por expresa disposición legal, efectuar la retención o percepción del tributo correspondiente.»
Concordancias normativas
- Artículo 2885 del Estatuto Tributario
- Artículo 2886 del Estatuto Tributario
- Artículo 2882 del Estatuto Tributario
Conceptos jurídicos clave
Normas relacionadas y modificaciones
- Ley 52 de 1977, art. 4o.
- Ley 75 de 1986, art. 19
- Ley 488 de 1998, art. 115