Artículo 362. Comite de calificaciones
Texto del artículo
«<Artículo modificado por el artículo84de la Ley 488 de 1998. El nuevo texto es el siguiente:> El comité de entidades sin ánimo de lucro estará integrado por el Ministro de Hacienda y Crédito Público o su delegado, quien lo presidirá, el Director de Aduanas o su delegado y el Director de Impuestos o su delegado, quien actuará como secretario del mismo.»
Concordancias normativas
Normas relacionadas y modificaciones
- Ley 488 de 1998