Artículo 309. Donaciones a damnificados por la actividad volcanica del nevado del ruiz
Texto del artículo
«Las donaciones en favor de personas damnificadas por la actividad volcánica del nevado del Ruiz que hagan el Fondo de Reconstrucción, “RESURGIR’, o las entidades que laboran en la rehabilitación de las zonas afectadas por aquélla, estarán exentas del impuesto de ganancia ocasional.»