Artículo 260-2. Operaciones con vinculados

Texto del artículo

«<Artículo modificado por el artículo112de la Ley 1607 de 2012. El nuevo texto es el siguiente:> Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios que celebren operaciones con vinculados del exterior están obligados a determinar, para efectos del impuesto sobre la renta y complementarios, sus ingresos ordinarios y extraordinarios, sus costos y deducciones, y sus activos y pasivos, considerando para esas operaciones el Principio de Plena Competencia.»

Conceptos jurídicos clave

Normas relacionadas y modificaciones

  • Ley 1607 de 2012, art. 112

Fuentes oficiales