Artículo 19-2. Tratamiento tributario de las cajas de compensación

Texto del artículo

«<Artículo modificado por el artículo141de la Ley 1819 de 2016. El nuevo texto es el siguiente:> Las cajas de compensación serán contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios respecto a los ingresos generados en actividades industriales, comerciales y en actividades financieras distintas a la inversión de su patrimonio, diferentes a las relacionadas con las actividades meritorias previstas en el artículo359del presente Estatuto.»

Conceptos jurídicos clave

Normas relacionadas y modificaciones

  • Ley 1819 de 2016, art. 141

Fuentes oficiales