Artículo 105. Realización de la deducción para los obligados a llevar contabilidad

Texto del artículo

«<Artículo modificado por el artículo61de la Ley 1819 de 2016. El nuevo texto es el siguiente:> Para los contribuyentes que estén obligados a llevar contabilidad, las deducciones realizadas fiscalmente son los gastos devengados contablemente en el año o período gravable que cumplan los requisitos señalados en este estatuto.»

Concordancias normativas

Conceptos jurídicos clave

Normas relacionadas y modificaciones

  • Ley 1819 de 2016, art. 61

Fuentes oficiales