Artículo 1.6.1.4.9. Intermediarios en la Elaboración de Facturas

Texto del artículo

«Cuando se contrate la elaboración de facturas a través de intermediarios, las obligaciones señaladas en el artículo 618-2 del Estatuto Tributario, serán exigibles a estos. (Artículo 14, Decreto 1165 de 1996) (El Decreto 1165 de 1996 rige a partir de su expedición y deroga las normas que le sean contrarias, en especial las siguientes: artículos 4o y 7o del Decreto 422 de 1991; artículos 21, 22, 23 del Decreto 836 de 1991 y artículo 39 del Decreto 2076 de 1992. Artículo 15, Decreto 1165 de 1996)»

Concordancias con el Estatuto Tributario

Conceptos jurídicos clave

Normas de origen y compilación

  • Artículo 14, Decreto 1165 de 1996

Fuentes oficiales


Versiones Anteriores y Modificaciones Históricas

Historial Normativo

Disposiciones y redacciones precedentes compiladas para este artículo:

ARTÍCULO 1.6.1.4.9. FACTURACIÓN EN MANDATO. <Artículo sustituido
por el artículo 1 del Decreto 358 de 2020. El nuevo texto es el siguiente:> En
los contratos de mandato, las facturas de venta y/o documentos equivalentes
deberán ser expedidas en todos los casos por el mandatario, si el mandatario
adquiere bienes y/o servicios en cumplimiento del mandato, la factura de
venta y/o documentos equivalentes deberán ser expedidos a nombre del
1882
 
mandatario.
Para efectos de soportar los respectivos costos, deducciones o impuestos
descontables, o devoluciones a que tenga derecho el mandante, el
mandatario deberá expedir al mandante una certificación donde se consigne
la cuantía y concepto de estos, la cual debe ser firmada por contador público
o revisor fiscal, según las disposiciones legales vigentes sobre la materia.
<Jurisprudencia Concordante>
-
Consejo
de
Estado,
Sección
Cuarta,
Expediente
76001-23-33-000-2014-00866-01(25749) de 26 de mayo de 2022, C.P. Dr. Julio
Roberto Piza Rodríguez.
-
Consejo
de
Estado,
Sección
Cuarta,
Expediente
05001-23-33-000-2014-00466-01(24502) de 27 de mayo de 2021, C.P. Dr. Julio
Roberto Piza Rodríguez.
En el caso de las devoluciones se adjuntará además una copia del contrato
de mandato. El mandatario deberá conservar por el término señalado en el
Estatuto y en el presente Decreto, las facturas y demás documentos
comerciales que soporten las operaciones que realizó por orden del
mandante.
<Jurisprudencia Concordante>
-
Consejo
de
Estado,
Sección
Cuarta,
Expediente
No.
76001-23-33-000-2015-00150-01(27476) de 5 de octubre de 2023, C.P. Dra. Stella
Jeannette Carvajal Basto.
En la factura electrónica de venta, elaborada en virtud del contrato de
mandato se deberán diferenciar las operaciones del mandante de las del
mandatario.
PARÁGRAFO. Para efectos del cumplimiento de la obligación de expedir
factura electrónica de venta, tanto los mandantes como los mandatarios,
atenderán las fechas establecidas para su implementación por la Unidad
Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
(DIAN).
<Notas de Vigencia>
- Capítulo sustituido por el artículo 1 del Decreto 358 de 2020, "por el cual se
reglamentan los artículos 511, 615, 616-1, 616-2, 616-4, 617, 618, 618-2 y 771-2 del
Estatuto Tributario, 26 de la Ley 962 de 2005 y 183 de la Ley 1607 de 2012 y se
sustituye el Capítulo 4 del Título 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de
2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria", publicado en el Diario Oficial No.
51.247 de 5 de marzo 2020.
<Concordancias>
Resolución DIAN 42 de 2020; Art. 74
1883
 
<Doctrina Concordante>
Concepto DIAN 1689 de 2026
Concepto DIAN 14535 de 2025
Concepto DIAN 12073 de 2025
Concepto DIAN 11864 de 2025
Concepto DIAN 49 de 2025
Concepto DIAN 8877 de 2024
Concepto DIAN 7344 de 2024
Concepto DIAN 4509 de 2024
Concepto DIAN 3634 de 2024
Concepto Unificado Sistema de facturación electrónica DIAN 106 de 2022; Título I.
Capítulo 1. Num. 1.1.2.2. ; 1.1.2.5. ; 1.1.2.6. ; 1.1.17.3.5.
Concepto DIAN 16959 de 2023
Concepto DIAN 6502 de 2023
Oficio DIAN 8 de 2023
Oficio DIAN 908087 de 2022
Oficio DIAN 907655 de 2022
Oficio DIAN 906447 de 2022
Oficio DIAN 903534 de 2022
Oficio DIAN 901153 de 2022
Oficio DIAN 901164 de 2022
Oficio DIAN 914983 de 2021
Oficio DIAN 914808 de 2021
Oficio DIAN 912929 de 2021
Oficio DIAN 912928 de 2021
Oficio DIAN 912701 de 2021
Oficio DIAN 910039 de 2021
Oficio DIAN 907500 de 2021
1884
 
Oficio DIAN 906707 de 2021
Oficio DIAN 905792 de 2021
Oficio DIAN 905180 de 2021
Oficio DIAN 900626 de 2021
Oficio DIAN 905699 de 2020
Concepto DIAN 905150 de 2020
Oficio DIAN 904645 de 2020
Oficio DIAN 901212 de 2020
<Legislación Anterior>
Texto original del Decreto 1625 de 2016:
<Consultar el texto original de este Capítulo en "Legislación Anterior" bajo el
epígrafe del Capítulo 1.6.1.4>
(Artículo 3o, Decreto 1514 de 1998)

Jurisprudencia relevante