Artículo 1.6.1.4.1.16. Otros Documentos Equivalentes de la

Texto del artículo

«Mientras no se modifiquen las disposiciones vigentes, podrán utilizarse los otros documentos equivalentes en las condiciones actuales. El obligado a facturar electrónicamente podrá continúar utilizando los tiquetes de máquinas registradoras POS, cuando su modelo de negocio lo requiera. En estos casos, cuando el adquirente sea un responsable del impuesto sobre las ventas del régimen común, si lo requiere para efectos de impuestos descontables, podrá solicitar la factura correspondiente. En este evento el obligado a facturar electrónicamente, deberá expedir factura electrónica en las condiciones de la presente Sección.»*

Conceptos jurídicos clave

Normas de origen y compilación

  • Artículo 16, Decreto 2242 de 2015

Fuentes oficiales