Artículo 1.5.8.1.4. Ingresos Que Conforman la Base Gravable del Simple E Ingresos Que Computan para el Cumplimiento del Límite Máximo para Inscribirse o Pertenecer Al Simple

Texto del artículo

«<Artículo modificado por el artículo 2 del Decreto 1091 de 2020. El nuevo texto es el siguiente:> Para efectos de determinar los ingresos brutos ordinarios y extraordinarios que conforman la base gravable del SIMPLE, se tendrá en cuenta lo dispuesto en los artículos 27 y 28 del Estatuto Tributario, en lo que sea compatible con la naturaleza del SIMPLE. Así mismo y de conformidad con el parágrafo 6 del artículo 908 del Estatuto Tributario, para verificar el cumplimiento del límite de ingresos de que trata el numeral 2 del artículo 905 del Estatuto para inscribirse y/o pertenecer al SIMPLE durante el año gravable, no se tendrán en cuenta los ingresos que se obtengan por concepto de ganancias ocasionales ni los ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional. <Legislación Anterior> Texto adicionado por el Decreto 1468 de 2019: Sección 2 Ingresos que conforman la base gravable o que computan para el cumplimiento del límite máximo para pertenecer al SIMPLE, personas jurídicas que no podrán optar por el SIMPLE, persona natural que desarrolla empresa para efectos del SIMPLE, definición de tiendas pequeñas, minimercados o micromercados y periodo gravable Artículo 1.5.8.1.2.1. Ingresos que conforman la base gravable o que computan para el cumplimiento del límite máximo para pertenecer al SIMPLE. Para efectos de determinar los ingresos brutos ordinarios y extraordinarios que conforman la base gravable del SIMPLE, se tendrá en cuenta lo dispuesto en los artículos 27 y 28 del Estatuto Tributario. Así mismo y de conformidad con el parágrafo 6o del artículo 908 del Estatuto Tributario, para establecer el cumplimiento de la condición para pertenecer al SIMPLE de que trata el numeral 2 del artículo 905 del Estatuto Tributario, no se tendrán en cuenta los ingresos que se obtengan por concepto de ganancias ocasionales ni los ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional.»

Concordancias con el Estatuto Tributario

Conceptos jurídicos clave

Fuentes oficiales


Notas del Editor y Compilación

Antecedentes de Compilación

    • Sobre el texto modificado por la Ley 1943 de 2018 operó la pérdida de fuerza ejecutoria al haber sido declarada INEXEQUIBLE la Ley 1943 de 2018, que por este artículo se reglamenta, con efectos a partir del 1o. de enero de 2020, por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-481-19 de 3 de octubre de 2019, Magistrado Ponente Dr. Alejandro Linares Cantillo.