Artículo 1.5.6.4.2. Expedición de la Certificación de Economía Circular (cec)

Texto del artículo

«<Artículo adicionado por el artículo 2 del Decreto 509 de 2026. El nuevo texto es el siguiente:> Para efectos de lo contemplado en el artículo 52 de la Ley 2277 de 2022, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible reglamentará la Certificación de Economía Circular (CEC) que tramitará el sujeto pasivo del impuesto nacional sobre productos plásticos de un solo uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes ante la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA). La Certificación de Economía Circular (CEC) será expedida por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), previa verificación del cumplimiento de los criterios, para establecer el factor de no causación y tendrá vigencia de un (1) año, contado a partir de su expedición.»

Conceptos jurídicos clave

Fuentes oficiales