Artículo 1.5.5.7. Procedimiento para el Reintegro
Texto del artículo
«<Artículo adicionado por el artículo 2 del Decreto 926 de 2017. El nuevo texto es el siguiente:> A partir de la vigencia del presente título y hasta el 30 de junio de 2017, los sujetos pasivos podrán solicitarle a los responsables del impuesto nacional al carbono, el reintegro de la suma que corresponda al impuesto facturado desde el 1o de enero del 2017, presentando la declaración de verificación y el soporte de cancelación voluntaria a los que se refieren los artículos 1.5.5.3, 1.5.5.4 y 1.5.5.5 de este decreto. El valor del impuesto nacional al carbono a reintegrar, será hasta la cantidad cubierta de emisiones de CO2e asociadas al combustible adquirido en ese periodo de tiempo. En el mismo periodo en que el responsable del impuesto nacional al carbono efectúe el reintegro al sujeto pasivo, el responsable podrá descontar el valor que corresponde a las respectivas operaciones del monto total del impuesto por declarar y pagar. Si el monto del impuesto a pagar en tal periodo no fuere suficiente, el saldo podrá afectar los períodos inmediatamente siguientes. Los responsables y sujetos pasivos del impuesto nacional al carbono deberán realizar los registros contables que correspondan y conservar los soportes contables que acrediten los reintegros. A partir del 1o de julio de 2017, el sujeto pasivo solo podrá obtener el tratamiento de no causación del impuesto nacional al carbono, atendiendo el procedimiento descrito en el presente título. Así mismo, los valores no solicitados en reintegro antes de esta fecha, ya no serán susceptibles de reintegro ni devolución.»
Concordancias con el Estatuto Tributario
Conceptos jurídicos clave
Fuentes oficiales
Notas del Editor y Compilación
Antecedentes de Compilación
- En criterio del editor para la aplicación de este título deben tenerse en cuenta las modificaciones introducidas al impuesto nacional al carbono por los artículo 47, 48 y 49 de la Ley 2277 de 2022, “por medio de la cual se adopta una reforma tributaria para la igualdad y la justicia social y se dictan otras disposiciones”, publicada en el Diario Oficial No. 52.247 de 13 de diciembre de 2022.